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NOTAS LEGALES

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Por: Angie Segura Torres

Profesional Jurídico

EN CASO DE DIVORCIO,

¿CÓMO SE DEFINE LA CUSTODIA Y CUIDADO DE UNA MASCOTA?

Hoy en día es muy frecuente que las parejas de novios o esposos no deseen tener hijos, por el contrario, recurren a distintas opciones como la adopción de mascotas, que en su mayoría son perros o gatos, y que de cierta manera se convierten en los “nuevos hijos” de la familia. Esta situación implica que no solo se debe pensar en el cuidado y manutención de un animal desde el punto de vista afectivo y económico, sino que las mascotas ahora también hacen parte de un núcleo familiar.

 

Cabe indicar que, aunque el Código Civil Colombiano concibe a los animales como una cosa susceptible de apropiación, es decir, la ley otorga a los animales la misma protección que a un bien. A partir de la Ley de Protección Animal (Ley 1774 de 2016) los animales se consideran seres sintientes, norma que sin duda alguna introdujo aspectos importantes sobre el respeto y cuidado de los animales, pero que no reguló de manera específica el cuidado y custodia de los animales en casos como divorcios o separaciones de parejas.

 

Ahora bien, en momentos de conflicto es común preguntarse ¿qué sucede con una mascota cuando una pareja se separa? La recomendación es que si tiene una mascota con su pareja y surge una separación trate de llegar a un acuerdo por la custodia del animal, teniendo en cuenta que en Colombia no existe una ley específica que lo regule. No obstante, a la hora de determinar su tenencia y definir quién se queda con la mascota, se deberán tener en cuenta varios factores. Si la mascota fue obtenida por uno de los cónyuges antes del matrimonio, esta será de quien lo adquirió aportando una prueba que así lo soporte. Por otro lado, si la mascota se compra o adopta durante el matrimonio, el bien (al animal) es compartido, es decir, que de darse inicio a un proceso de divorcio el “reparto” se hará como cualquier otro bien que forma parte de la sociedad conyugal, siendo susceptible de compensación por otro bien del mismo valor, e incluso pudiendo indemnizar a quien renuncia a la tenencia o a quién se le deniegue la pertenencia, caso en el cual es importante acordar la manera como cada cónyuge contribuirá a su cuidado y tenencia.

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