
María Paula Alfaro
Profesional Jurídica
¡Llegó la virtualización de la administración de justicia!
El COVID-19 trajo consigo muchos cambios en la sociedad: cambiaron hábitos, costumbres e incluso dinámicas desde todo ámbito personal y laboral, lo cual sin duda resultó ser bueno para unos y negativo quizá para otros, pero lo cierto es que nuestras vidas, en definitiva, cambiaron significativamente.
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Uno de esos cambios que podemos considerar positivo fue el ocasionado por los cierres de juzgados, tribunales, superintendencias y cámaras de comercio, entre otras entidades públicos que prestan un importante servicio a la comunidad, pues ante la incertidumbre de duración y efectos de la pandemia, se tuvieron que tomar medidas que permitieran la normal prestación de los servicios a su cargo.
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Para esos efectos fue proferido el Decreto 806 de 2020 – “Por el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” - el cual fue declarado exequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-420 de 2020. (Y tú que estás leyendo esto, no te desanimes si no tienes en el radar el significado de la palabra “exequibilidad”, pues, en palabras sencillas, significa que el decreto proferido en efecto fue revisado y está ajustado a la constitución y a las normas colombianas; es decir, que fue proferido ¡con todas las de la ley!)
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Este decreto tenía una vigencia de 2 años desde su expedición, lo que significa que la implementación de las tecnologías en las actuaciones judiciales y en general, en el acceso a la justicia acabaría el 4 de junio de 2022; es decir, a partir de esa fecha la rama judicial estaba condenada a volver al vetusto, lento y pesado modelo presencial en todos sus despachos. Esta situación sin duda hubiera generado un retroceso en los avances

obtenidos, pues lo que se pudo evidenciar fue que las medidas adoptadas resultaron eficientes para la administración de justicia y en especial para todos sus actores, en el sentido de que permitió la reducción de costos, la agilización de trámites, la celeridad en la revisión de expedientes y en general, en que la justicia fuera cada vez menos coja.
Ante este panorama, el expresidente de la República sancionó (aprobó) la Ley 2213 de 2022 en junio del presente año, por medio de la cual "se establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 de 2020 y se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia y se dictan otras disposiciones". En otras palabras: se mantuvo la buena experiencia que dejó la pandemia y se fijó la virtualidad como regla general en las actuaciones judiciales, sin eliminar la presencialidad, por supuesto, pues, en muchos casos, es necesaria.
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Esto, sin duda, es un tema extremadamente positivo, pues, la administración de justicia se está volviendo cada vez más rápida y eficiente, y está en una transición que con el tiempo se irá fortaleciendo aún más, permitiendo con ello que en algún momento logremos tener una justicia completamente virtual, al día, actualizada, marcada por la tecnología y, sobre todo, que llegue sin demoras a todos los que la necesitamos y creemos en ella.


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