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NOTAS LEGALES

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Por: John Calderón Calderón

Profesional Jurídico

DÉBITO AUTOMÁTICO DE CUENTA DE AHORROS NO PROCEDE SIN LA AUTORIZACIÓN DEL TITULAR

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Así lo estableció la Superintendencia Financiera de Colombia, en el reciente fallo del 5 de marzo de 2019, al resolver una demanda interpuesta por una usuaria en contra de una entidad bancaria con la cual tiene servicios financieros contratados, quien le realizó un débito automático de su cuenta con el fin de cubrir el valor total de un crédito rotativo.

En este sentido, la peticionaria instauró una demanda en su contra argumentando que dicha entidad no podía realizar este tipo de descuentos, teniendo en cuenta que, en el contrato de crédito que ella suscribió no los había autorizado para que le realizaran estas deducciones.

Finalmente, el ente de vigilancia, inspección y control argumentó que efectivamente, una entidad bancaria no puede debitar una suma de dinero para cubrir el total del valor a pagar de un crédito, sin contar con la autorización correspondiente por parte de la titular en los documentos denominados pagaré a la orden y contrato de crédito.

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