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Tema: Comercial

¿Es necesario que el garante justifique su decisión de no continuar garantizando el contrato?

Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto 036 de 2022 indicó que el garante de una etapa del contrato que decide no continuar cubriendo la siguiente etapa del mismo, tiene la autonomía para decidir si quiere celebrar un nuevo negocio jurídico para amparar los riesgos de una siguiente etapa del contrato o periodo contractual, siempre que: i) el aviso de no continuar garantizando la etapa o periodo contractual siguiente la realice seis (6) meses antes del vencimiento del plazo de la garantía y ii) debe informar su decisión por escrito a la entidad estatal garantizada. En consecuencia, el garante no tendría la obligación de justificar las razones por las cuales no quiere asumir los riesgos de la etapa o periodo contractual subsiguiente.

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¿Una empresa que es matriz de otra empresa, después de pasados los 3 años, sigue contando con la experiencia de la empresa de la cual es accionista?

Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto 034 de 2022 indicó que de conformidad con lo previsto en el numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 es claro que una sociedad con menos de tres años de constituida puede aportar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes. Esta prerrogativa, que puede entenderse como una medida de fomento a la participación de pequeños oferentes en la contratación estatal, permite que las sociedades relativamente nuevas ─con menos de 3 años de constitución puedan acreditar como experiencia en el RUP la de sus accionistas, socios o constituyentes.

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¿Cómo se debe acreditar la experiencia, en un proceso de licitación de obra pública, en caso de que la proponente sea una sociedad conformada por solo dos integrantes?

Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto 046 de 2022 indicó que, en un proponente plural conformado únicamente por dos integrantes, necesariamente, deberá haber uno que aporte como mínimo el 50% de la experiencia exigible, mientras que el otro deberá acreditar el porcentaje restante requerido para cumplir con el requisito. Otra alternativa sería que ambos integrantes aporten cada uno un 50% de la experiencia requerida, de tal forma que sumados los valores acreditados se logre cumplir con la totalidad del requisito. Eventualmente, en un proponente plural conformado únicamente por dos integrantes, podrá haber uno que no acredite experiencia, no obstante, su participación en la estructura plural no podrá ser superior al 5%, lo que además supone que el otro integrante del proponente plural deberá acreditar la totalidad de la experiencia exigida.

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¿A qué hace referencia la expresión “que hayan impuesto las multas sean objeto de medios de control jurisdiccional”, establecida en el artículo 58 de la Ley 2195 de 2022?

Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C 061 de 2022 indicó que la presentación de la demanda se constituye en el criterio interpretativo del parágrafo del artículo 58 de la Ley 2195 de 2022, de manera que la reducción del puntaje no se aplicará cuando el acto administrativo que impuso la multa haya sido demandado mediante cualquiera de los medios de control establecidos en el Título III de la parte segunda de la Ley 1437 de 2011. Debe reiterarse que únicamente procederá la excepción analizada si la demanda versa sobre el acto administrativo que impuso la multa y se presentó mediante los medios de control establecidos en la Ley 1437 de 2011.

¿Cómo se acredita la experiencia cuando se ejecutan varias actividades y algunas de ellas no se relacionan con lo previsto en la «Matriz 1 - Experiencia»?

La postura de Colombia Compra Eficiente en el Concepto C 058 de 2022 es clara frente a la forma en que se acredita la experiencia cuando se ejecutan varias actividades y algunas de ellas no se relacionan con lo previsto en la «Matriz 1 - Experiencia», por lo que se consideró necesario y oportuno concretar esta regla expresamente en el pliego de condiciones. Esto para determinar la conducta de las entidades ante estas circunstancias y por tanto, evitar confusiones o dobles interpretaciones en la aplicación del documento base. Asimismo, es bueno señalar que, de conformidad con lo dispuesto en el «documento base» de los documentos tipo de interventoría de obra pública de infraestructura de transporte, su uso no exime a las entidades estatales de utilizar la normatividad y la jurisprudencia que resulte aplicable al respectivo proceso de contratación.

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